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Corte de Apelaciones resuelve que alcalde de Loncoche deberá restituir en sus funciones de Directora del Liceo Bicentenario PAHC y pagar diferencia de remuneraciones

By on 4 julio, 2022

Tras renuncia voluntaria del Director del Liceo Bicentenario PAHC de Loncoche el alcalde de entonces Ricardo Peña designó como Directora interina a la encargada de la Unidad Técnico Pedagógica Viviana Geeregat Fuentes, “hasta que sea provisto mediante concurso público el cargo”, según Decreto correspondiente de fecha 7 de junio de 2021.

Al asumir sus funciones el alcalde Alexis Pineda destituyó de sus funciones de jefa de la UTP y Directora interina a Viviana Geeregat dejándola solo en calidad de docente de aula. A esa fecha la profesora gozaba de fuero maternal de acuerdo a la ley}.

La profesora solicitó a la Contraloría regional un pronunciamiento al respecto: el ente contralor señaló que la resolución “no se ajusta a derecho y debía reintegrarse en sus funciones a la recurrente, (…), sin perjuicio de la obligación de dicho municipio de proveer a la brevedad el mencionado cargo mediante concurso público, (…) y pagándole las remuneraciones correspondientes al tiempo que no ha podido desempeñarlo por motivos ajenos a su voluntad ”;  el alcalde apeló a esta resolución ante el Contralor nacional; la que fue rechazada en virtud de que: “los oficios provenientes de las Contralorías Regionales, cuentan con la misma fuerza vinculante que los dictámenes del Órgano de Control¨. Dado que el alcalde no reincorporó a la Profesora Geeregat, esta nuevamente recurrió a la Contraloría la que resolvió de la misma manera anterior, de la misma el alcalde no la reincorporó en su cargo de Directora interina. Entonces, la señora Geeregat recurrió a la Corte de Apelaciones mediante una “acción Constitucional de Protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Loncoche, por medio de su Alcalde don Alexis Arturo Pineda Ruiz”. La corte acogió este recurso manifestando en una larga resolución, entre otras cosas, que “el actuar del Municipio contraviene en forma expresa el principio de legalidad”, y agrega que el actuar: “ha generado un efectivo perjuicio y detrimento patrimonial, (…)  Y a su vez por el  clima de incertidumbre respecto de las labores que debe desempeñar legalmente. Esto último ha afectado respecto de la psiquis en su más  profunda de manera al no tener certeza de las funciones a desempeñar sumado a ello ser objeto de arbitrariedades en no poder desempeñar el cargo de Directora suplente, o bien el cargo de la de Jefatura de la unidad de técnico pedagógico, es una afectación real y directa hacia la salud mental de su persona. Con ello, también verse envuelta en la permanente afectación de que el Municipio no  respetó el fuero maternal”.

La resolución de la Corte de Apelaciones tiene fecha de 1 de julio del presente año.

Sin duda se esperan novedades en los próximos días en este tema, tanto por parte del alcalde Pineda Ruiz como de parte de la Profesora afectada y las eventuales reacciones judiciales en el ámbito civil.

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