Frase del día: "Tratad a los demás como queréis que ellos os traten" Mateo 7,16. 12-14

Pinceladas de Formación Ciudadana Capítulo 16: LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES

By on 22 marzo, 2021

Ricardo Vejar Cortés, Profesor de Historia, Geografía y Educación Cívica

 “Ser un ciudadano pleno significa participar tanto en la dirección de la propia vida como en la definición de algunos de sus parámetros generales; significa tener conciencia de que se actúa en y para un mundo compartido con otros y de que nuestras respectivas identidades individuales se relacionan y se crean mutuamente”. (Paul Barry Clarke)

 A partir de este capítulo se insertarán epígrafes en cada uno de ellos,  entendidos éstos como frases o citas al comienzo del texto que sugieren su contenido o expresan la idea o pensamiento que lo ha inspirado, verbigracia “lo que significa ser un ciudadano” al iniciar el estudio de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Sin lugar a dudas, el estudio de esta ley, contribuirá a reflexionar en torno al rol que corresponde a cada uno de los ciudadanos loncochenses  en el desarrollo de la Comuna al elegir al Alcalde y a los Concejales, autoridades a quienes, parafraseando a Fernando Savater, “mandamos a mandar”.

¿Qué es una Ley Orgánica Constitucional?

Es una categoría especial de ley  del ordenamiento jurídico chileno, establecida por la Constitución, que versa sobre materias  expresamente previstas en el mismo texto constitucional y que requieren para ser aprobadas, modificadas o derogadas de una mayoría especial de los diputados y senadores en ejercicio. Son objeto de control preventivo de constitucionalidad obligatorio ante el Tribunal Constitucional y no pueden ser objeto de delegación de facultades legislativas.

En este contexto la Constitución, en los artículos 118, 119, 121, y 125, confía a la    la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades las siguientes materias:

  • Funciones y Atribuciones de las Municipalidades,
  • Órganos o unidades,
  • Modalidades y formas que deberá asumir la participación de la comunidad local en las actividades municipales,
  • Las Asociaciones de Municipalidades,
  • La elección del Concejo Municipal,
  • Organización y funcionamiento del Concejo y las materias  en que la consulta del Alcalde será obligatoria, y
  • Cesación en los cargos de Alcalde y Concejal.

Teniendo presente las prioridades que plantea  “el aquí y el ahora” los próximos capítulos estarán centrados en las Funciones y Atribuciones de las Municipalidades y en la elección del Alcalde y Concejales.

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