Frase del día: "Tratad a los demás como queréis que ellos os traten" Mateo 7,16. 12-14

PINCELADAS DE FORMACIÓN CIUDADANA Capítulo 27: FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD (****)

By on 29 abril, 2021

Profesor Ricardo Vejar Cortés

  •  “La ciudadanía griega implicaba y exigía la actividad política, la colaboración en la toma de decisiones.  Quien no participaba  en política era considerado un <<idiota>>, es decir, alguien reducido simplemente a su particularidad y por tanto incapaz de comprender su condición necesariamente social y vivirla como una forma de libertad”
  • “El ciudadano favorito de las  autoridades es el idiota, o sea, quien anuncia con fatuidad: << yo no me meto en política>>. ¡Como si eso fuera posible, como si uno pudiera vivir en una sociedad  política desentendido de esa actividad, como si renunciar a la política no fuese también una actitud política y por cierto de las peores, porque cede a otros sin saberlo la capacidad de tomar decisiones sobre lo que antes o después va a afectarnos!” (F: Savater)

Al presentar en esta oportunidad las funciones que la Municipalidad debe desarrollar directamente o compartir su ejercicio con otros órganos de la Administración del Estado y,  teniendo presente el contexto histórico configurado por el proceso electoral de sus Autoridades,  se ha considerado propicia la ocasión para estimular la reflexión de los ciudadanos  en torno a las trascendentes decisiones que deben adoptar,  tanto en la elección de Alcalde como de Concejales, con las fuertes y motivadoras afirmaciones del  catedrático español Fernando Savater, citadas en el  epígrafe.

El Artículo 4° de la Ley Orgánica de Municipalidades sitúa las siguientes funciones, de cuya operacionalización, cumplimiento o incumplimiento, la ciudadanía resultará beneficiada o infortunada por las AUTORIDADES que va  elegir, lo que en términos prácticos significa beneficiada o infortunada por el Alcalde y Concejales que el ciudadano con su voto “va a mandar a mandar”:

  • La educación y la cultura;
  • La salud pública y la protección del medio ambiente;
  • La asistencia social  y jurídica;
  • La capacitación, la promoción del empleo y el fomento productivo;
  • El turismo, el deporte y la recreación;
  • La urbanización y la vialidad urbana y rural;
  • La construcción de viviendas sociales e infraestructuras sanitarias;
  • El transporte y tránsito públicos;
  • La prevención de riesgos y la prestación de auxilio en situaciones de emergencia o catástrofes;
  • El desarrollo, implementación, evaluación, promoción, capacitación y apoyo de acciones de prevención social y situacional, la celebración de convenios con otras entidades públicas para la aplicación de planes  de reinserción social y de asistencia a víctimas, así como también  la adopción de medidas en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal, sin perjuicio de las funciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las Fuerzas de Orden y Seguridad;
  • La promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y
  • El desarrollo de actividades de interés en el ámbito local.

Obviamente, para el cumplimiento de las funciones explicitadas se requieren las correspondientes atribuciones, materia que será el contenido de las próximas pinceladas.

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