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Pinceladas de Formación Ciudadana Capítulo 54: Algo de Historia Constitucional (***)

By on 11 octubre, 2021

Profesor Ricardo Vejar Cortés

Luego de evocar los textos constitucionales atinentes  a la Patria Vieja, es menester  proseguir con “algo de historia constitucional”  con el propósito de contar con una perspectiva que contribuya a identificar los contenidos que necesariamente deben conservarse de la Constitución Política vigente y aquellos que es menester  optimizar y/o reemplazar; todo lo cual situado en la imperiosa  necesidad de evaluar el trabajo de los Convencionales Constituyentes y el producto que será objeto del Plebiscito de Salida.

A partir del Desastre de Rancagua que puso término a la Patria Vieja, alborada de la Independencia, se inició una restauración absolutista que tradicionalmente ha sido denominada Reconquista, que terminó con la  victoria que el Ejército Libertador, formado en Mendoza, infligió a los realistas en Chacabuco el 12 de febrero de 1817.

Los patriotas, reconocidos por la actuación militar del general José de San Martín le ofrecieron el mando de la nación, honor que declinó. A instancias suyas recurrieron, entonces, a don Bernardo O’Higgins, quien pasó a ser Director Supremo el 16 de febrero de 1817, cargo que ejerció hasta su abdicación, el 28 de enero de1823.

O’Higgins consideraba que Chile no estaba todavía lo suficientemente maduro como para tener un gobierno popular y representativo: por ello estimaba  que el Director Supremo debía ejercer el poder férreamente. En este contexto, a pesar de ser reacio a la dictación de una Constitución, frente a la presión que se produjo en torno suyo, hubo de acceder a la elaboración de una, la del 23 de octubre de 1818.

Esta Constitución, que sería provisoria hasta que se eligiera un Congreso, entregaba el mando a O’Higgins, sin señalarle plazo de duración.  Sus atribuciones eran muy amplias, al punto que sin su firma no tenían valor las sentencias del Tribunal Supremo.

Un Senado, compuesto de cinco miembros titulares y cinco suplentes, designados por el propio Director, tenía facultades de legislar en tanto no se reuniera el Congreso. El Senado fue conocido como Senado Conservador, porque debía velar  por la conservación del orden constitucional.

Con el transcurso del tiempo las relaciones del Director Supremo con este órgano legislativo se resintieron y el siete de mayo de 1822 O’Higgins dio por terminada su existencia.

Ocurridos los acontecimientos señalados se convocó a una Convención que debía preparar una nueva Constitución,  la que fue promulgada el 30 de octubre de 1822, y que no alcanzó a aplicarse porque el 28 de enero de 1823, hito ya identificado,  se produjo la abdicación de O’Higgins.  Esta Constitución acarreó gran descontento, pues lo daba por elegido por seis años y autorizaba a reelegirlo por cuatro años más.

La ciudadanía quería más libertad y el régimen autocrático del Padre de la Patria, evidenciado en este texto constitucional, no podía prolongarse por más tiempo…

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