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Pinceladas de Formación Ciudadana Capítulo 88: EL CONCEPTO SOBERANÍA EN LA HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE DESDE 1833 Y, EN LA PROPUESTA DE NUEVA CONSTITUCIÓN

By on 16 julio, 2022

Profesor Ricardo Vejar Cortés

El concepto SOBERANÍA, que el Diccionario de la Real Academia define como “Autoridad suprema del poder público”, se expresa de manera análoga en las Constituciones de 1833, 1925, 1980 y, en el Texto Constitucional vigente suscrito el año 2005 por el Presidente Ricardo Lagos Escobar.

Una breve presentación en la especie permitirá dimensionar lo histórico con el contenido de la Propuesta de Nueva Constitución:

1.- Constitución Política de la República de Chile  de 1833, promulgada el 25 de mayo de 1833 por el Presidente José Joaquín Prieto

“Artículo 4: La Soberanía reside esencialmente en la Nación, que delega su ejercicio en las autoridades que establece esta Constitución”.

2.- Constitución Política de la República de Chile de 1925, promulgada el 18 de septiembre de 1925 por el Presidente Arturo Alessandri Palma

Artículo 2: La Soberanía reside esencialmente en la Nación, la cual delega su ejercicio en las autoridades que esta Constitución establece”.

“Artículo 3: Ninguna persona o reunión de personas pueden tomar el título o representación del pueblo, arrogarse sus derechos, ni hacer peticiones en su nombre. La infracción de este artículo es sedición.”

3.- Constitución Política de la República de Chile de 1980, promulgada el 21 de octubre de 1980 por el Presidente Augusto Pinochet Ugarte

“Artículo 5°: La soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio.

El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana”.

4.- Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile, promulgado el 17 de septiembre de 2005 por el Presidente Ricardo Lagos Escobar:

“Artículo 5°: La soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza  por el pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas  y, también, por las autoridades  que esta Constitución establece.  Ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio.

El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación  el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana.  Es deber de los órganos  del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.

EL CONCEPTO DE SOBERANÍA EN LA PROPUESTA DE NUEVA CONSTITUCIÓN A SER PLEBISCITADA EL 04 DE SEPTIEMBRE DE 2022:

Artículo 2: “La soberanía reside en el pueblo de Chile, conformado por diversas naciones.  Se ejerce democráticamente, de manera directa y representativa, reconociendo como límite los derechos humanos en cuanto atributo que deriva de la dignidad humana”.

Respecto a esta PROPUESTA, sólo acotar,  que radicar la soberanía en el pueblo y no en la NACIÓN es corolario de otro problema, cual es, pretender que en Chile hay diversas naciones. Norma confusa y riesgosa…

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