SERVEL publicó el Padrón Electoral definitivo para las elecciones de abril próximo

By on 12 febrero, 2021

El Servicio Electoral publicó las cifras definitivas que contiene el Padrón para las elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales de este 11 de abril, además de la nómina de inhabilitados en el territorio nacional.

Según lo dispuesto en la Ley N°18.556, 60 días antes de una elección o plebiscito el Servel debe publicar los Padrones Electorales Definitivos, es decir, los listados de electores que se encuentran habilitados para sufragar, así como también la nómina de inhabilitados.

El padrón electoral debe contener los nombres y apellidos del elector, su número de rol único nacional, sexo, domicilio electoral con indicación de la circunscripción electoral, comuna, provincia y región a la que pertenezcan y el número de mesa receptora de sufragio en que le corresponde votar.

Esto busca la transparencia y confiabilidad en los procesos eleccionarios y plebiscitarios, ya que pone a disposición de la ciudadanía la totalidad de estos datos, en igualdad de condiciones.

Las cifras generales del Padrón Electoral Definitivo para las elecciones de Gobernadores Regionales, Convencionales Constituyentes, Alcaldes y Concejales del 11 de abril de 2021 son:

  • Total habilitados: 14.900.189
  • Hombres: 7.257.749
  • Mujeres: 7.642.440

En cuanto a los electores inhabilitados para sufragar en las próximas elecciones del 11 de abril, las cifras son las siguientes:

  • Total inhabilitados: 237.801
  • Hombres: 161.479
  • Mujeres: 76.322

ELECTORES CON CALIDAD INDÍGENA

Además, para esta elección la Ley N° 21.298 ha dispuesto que Servel cree una nómina de electores con calidad indígena, la que fue publicada en su sitio web. De acuerdo con la misma ley, los electores podrán autoidentificarse como pertenecientes a un pueblo indígena hasta el 25 de febrero. Según los datos que contempla el padrón definitivo, hasta el momento las cifras de electores indígenas son:

  • Total: 1.232.454
  • Hombres: 579.761
  • Mujeres: 652.693

Los electores podrán autoidentificarse como pertenecientes a un pueblo indígena de las siguientes maneras:

  1. Mediante un certificado de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena que  demuestre  su  calidad  de tal.
  2. A través de una declaración jurada, cuyo formato ha elaborado el  Servicio  Electoral,  donde la  persona  declara  que cumple con cualquiera de las condiciones que establece la ley N° 19.253 para obtener la calidad indígena,  y sea otorgada  ante  los  siguientes  ministros  de  fe:  notarios,  secretarios  municipales  o  el funcionario  a  quien  éstos  deleguen  esta  función,  oficial  del  Servicio  de  Registro  Civil  e Identificación,  Corporación  Nacional  de  Desarrollo  Indígena,  o  directamente  ante  el  Servicio Electoral, por vía presencial o con clave única, hasta el 25 de febrero de 2021.

Por lo anterior, Servel puso a disposición el Formulario de Autoidentificación Indígena AI01, con el que se podrá realizar la declaración jurada que la normativa indica.

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