SERVEL publicó el Padrón Electoral definitivo para las elecciones de abril próximo
El Servicio Electoral publicó las cifras definitivas que contiene el Padrón para las elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales de este 11 de abril, además de la nómina de inhabilitados en el territorio nacional.
Según lo dispuesto en la Ley N°18.556, 60 días antes de una elección o plebiscito el Servel debe publicar los Padrones Electorales Definitivos, es decir, los listados de electores que se encuentran habilitados para sufragar, así como también la nómina de inhabilitados.
El padrón electoral debe contener los nombres y apellidos del elector, su número de rol único nacional, sexo, domicilio electoral con indicación de la circunscripción electoral, comuna, provincia y región a la que pertenezcan y el número de mesa receptora de sufragio en que le corresponde votar.
Esto busca la transparencia y confiabilidad en los procesos eleccionarios y plebiscitarios, ya que pone a disposición de la ciudadanía la totalidad de estos datos, en igualdad de condiciones.
Las cifras generales del Padrón Electoral Definitivo para las elecciones de Gobernadores Regionales, Convencionales Constituyentes, Alcaldes y Concejales del 11 de abril de 2021 son:
- Total habilitados: 14.900.189
- Hombres: 7.257.749
- Mujeres: 7.642.440
En cuanto a los electores inhabilitados para sufragar en las próximas elecciones del 11 de abril, las cifras son las siguientes:
- Total inhabilitados: 237.801
- Hombres: 161.479
- Mujeres: 76.322
ELECTORES CON CALIDAD INDÍGENA
Además, para esta elección la Ley N° 21.298 ha dispuesto que Servel cree una nómina de electores con calidad indígena, la que fue publicada en su sitio web. De acuerdo con la misma ley, los electores podrán autoidentificarse como pertenecientes a un pueblo indígena hasta el 25 de febrero. Según los datos que contempla el padrón definitivo, hasta el momento las cifras de electores indígenas son:
- Total: 1.232.454
- Hombres: 579.761
- Mujeres: 652.693
Los electores podrán autoidentificarse como pertenecientes a un pueblo indígena de las siguientes maneras:
- Mediante un certificado de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena que demuestre su calidad de tal.
- A través de una declaración jurada, cuyo formato ha elaborado el Servicio Electoral, donde la persona declara que cumple con cualquiera de las condiciones que establece la ley N° 19.253 para obtener la calidad indígena, y sea otorgada ante los siguientes ministros de fe: notarios, secretarios municipales o el funcionario a quien éstos deleguen esta función, oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación, Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, o directamente ante el Servicio Electoral, por vía presencial o con clave única, hasta el 25 de febrero de 2021.
Por lo anterior, Servel puso a disposición el Formulario de Autoidentificación Indígena AI01, con el que se podrá realizar la declaración jurada que la normativa indica.
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