Frase del día: "Tratad a los demás como queréis que ellos os traten" Mateo 7,16. 12-14

Nueva Constitución propone: DIVISIÓN Y CREACIÓN DE UN SISTEMA DE DERECHOS, REGLAS E INSTITUCIONES CONFORME EL ORIGEN TERRITORIAL O RACIAL

By on 29 agosto, 2022

Pinceladas de Formación Ciudadana

Profesor Ricardo Vejar Cortés

Capítulo 95:   

Luego de identificar en el Capítulo anterior, a través de una revisión transversal de las grandes temáticas del Proyecto de Nueva Constitución, los PRINCIPALES DEFECTOS que se advierten en relación  con la eventual desunión de los chilenos, la creación de grupos privilegiados, el debilitamiento de la democracia, aumento del número de instituciones públicas, el incentivo al populismo y la intervención con la reelección presidencial, el incremento del rol del Estado, el  complejizar los sistemas tributarios y normativos, privación a los ciudadanos de importantes mecanismos para defenderse en Tribunales, ausencia de un marco claro de derechos y libertades individuales, dejar la salud de calidad con un beneficio al que sólo accederán un pequeño grupo, no resguardar los derechos de los Cotizantes sobre sus fondos y, finalmente, no apoyar a las Familias en la labor de elegir  cómo educar a sus hijos y darles mejores oportunidades; es muy  importante en ésta y las próximas PINCELADAS, describir condensadamente, algunas de las Grandes Líneas Temáticas  de  la Propuesta Constitucional.

El orden de esta presentación es casual, pero puede resultar conveniente dependiendo de las prioridades de los lectores partir tocando lo relativo a la Seguridad, la Unidad Nacional y los Privilegios.

 Al respecto,  se rompe con la igualdad entre ciudadanos. Habrá chilenos con diferentes derechos e instituciones que les rijan, según su origen racial o ubicación territorial.

EJEMPLOS CONCRETOS:

  1. Los cuatro niveles de territorios autónomos que se consagran en el Texto, donde se deja en todo caso al Legislador el determinar las reales atribuciones de cada uno de ellos, los ingresos y  recursos con que se contará  y la forma  en que deberán coordinar sus decisiones.  Así, junto con aparentar dar respuesta  a la crítica centralista y a las peticiones regionalistas, se mantiene latente el  conflicto a futuro. Será,  en consecuencia, lo que hoy es la Cámara de Diputados la que con la disminuida  participación – o no – de la Cámara de las Regiones, decidirá sobre los cambios reales a futuro, a través de la ley.
  2. Los privilegios que se entregan a los Pueblos Originarios y a sus miembros, que no sólo tendrán normas propias, territorios propios, reivindicaciones garantizadas  por el Estado y acceso a recursos naturales preferente –bajo el argumento a demostrarse  del uso tradicional- sino que, además, en caso de conflicto, sus Tribunales también serán propios y diferentes de los que juzgarán al resto de los CHILENOS.  A ello se suma una suerte de derecho a veto, que excede por mucho el derecho a ser escuchados en materias  de su interés. Finalmente, aunque el Estado nacional  deberá financiar –con tributos de todos- las estructuras que los Pueblos Originarios decidan darse , ellos son libres  de determinar a qué nivel se involucran en la vida nacional y los deberes que asumen para con ella.  Esta forma de regulación, en un breve plazo, generará odiosidades en contra de los Pueblos Originarios, por lo mismo, nuevos problemas.
  3. Finalmente cabe consignar, en este acápite, que más que beneficiar a los Pueblos Originarios, el conjunto de instrumentos creados y que generan  un trato privilegiado, hace posible una instrumentalización  de dichas comunidades y sus legítimas aspiraciones, pues tanto los escaños reservados como los cupos en órganos colegiados y el gobierno de las autonomías territoriales, pueden ser fácilmente capturados por grupos de poder con ideas afines a esas culturas.

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