Frase del día: "Tratad a los demás como queréis que ellos os traten" Mateo 7,16. 12-14

Principales razones que hacen necesario cambiar la constitución (segunda parte)

By on 5 agosto, 2020

Por Alexis Pineda Ruiz, Licenciado en Ciencias Jurídicas.

Decimos que un derecho está realmente garantizado cuando es posible exigirle al Estado su cumplimiento. En nuestro país, eso se puede hacer ante los Tribunales de Justicia principalmente a través del “recurso de protección”, el cual se encuentra consagrado en nuestra Constitución. El problema es que dicho recurso está expresamente disponible para exigir el cumplimiento sólo de algunos derechos, como el derecho a la vida o a la propiedad, y no para exigir derechos de contenido económico, social y cultural, como el derecho a la salud, a la educación o seguridad social. Esto significa que, aunque en el papel tengamos esos derechos, en la práctica no tenemos cómo protegerlos.

El modelo consagrado en nuestra Constitución ha permitido en la práctica, y entre otras cosas, la privatización de nuestros recursos naturales. Por ejemplo, el no consagrar constitucionalmente el derecho al agua tiene implicancias concretas en nuestras vidas, ya que, si bien este derecho es considerado de uso de todos y todas las chilenas, se otorga a los particulares el derecho a usar de ellas. Esto conlleva a que actualmente ésta se encuentre mayoritariamente en poder de empresas mineras, agroexportadoras y transnacionales, lo que a su vez significa escasez de este recurso en algunos sectores, e implica un alto costo de los servicios para las personas. Chile es el único país del mundo en que el agua es privada.

Por su parte, no se garantiza adecuadamente el derecho a la seguridad social, el cual se refiere al desempleo, invalidez, enfermedad, maternidad, y jubilación. Esto debido a que no se consagran los principios de solidaridad y financiamiento colectivo, principios que son de la esencia de este derecho. Esto ha permitido que se proteja de manera preferente la libertad y propiedad económica de las AFPS, ya que se permite un sistema privado administrado por sociedades anónimas con fines de lucro, lo que reporta millonarias ganancias para las empresas, en perjuicio de las bajas pensiones de las personas.

Respecto al derecho a la educación, si bien éste se encuentra consagrado en nuestra Constitución, no se permite su exigibilidad ante tribunales porque no lo protege el recurso de protección. Sólo se garantiza el derecho a la “libertad de enseñanza”, es decir, al derecho a elegir el establecimiento en el que estudiarán sus hijos e hijas, y el derecho de las y los privados para abrir establecimientos de enseñanza. Esto ha permitido la concepción de este derecho como un bien de consumo, lo que condiciona la calidad, y en la educación superior, el acceso, a los recursos económicos de cada familia.

El derecho a la salud, al igual que el derecho a la educación, se consagra en nuestra Constitución, pero no es exigible directamente ante los Tribunales de Justicia. Lo que realmente se protege es la posibilidad de elegir entre un sistema privado (Isapre) y un sistema público (Fonasa). Es decir, no se garantiza el contenido del derecho. Esto ha incrementado la desigualdad social y la calidad de los servicios, no siendo esta elección realmente libre, ya que se condiciona a los recursos económicos de las personas.

Otro tema fundamental es que nuestra Constitución no permite la participación plena de todos los grupos sociales, al no reconocer la diversidad de pueblos que conviven en el territorio chileno, nuestros pueblos originarios y no asegurar su adecuada representación. Por ello, es una exigencia básica de justicia contar con cláusulas constitucionales que reconozcan los derechos de pueblos originarios y, en la práctica, fijar las reglas para el adecuado reconocimiento y protección de su identidad y cosmovisión.

Finalmente, es importante tener en cuenta que existen muchas otras razones por las cuales debemos cambiar la Constitución y que tienen efectos directos en nuestros derechos, como son los quórums para modificar o aprobar leyes, o las características del actual Tribunal Constitucional.

Por todo ello es que considero que es imprescindible una nueva Constitución para nuestro País.

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